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Guia docente | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DATOS IDENTIFICATIVOS | 2024_25 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Asignatura | DERECHO ADMINISTRATIVO III | Código | 00304030 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enseñanza |
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Descriptores | Cr.totales | Tipo | Curso | Semestre | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.5 | Obligatoria | Tercero | Segundo |
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Idioma |
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Prerrequisitos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Departamento | DERECHO PUBLICO |
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Responsable |
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Correo-e | mmfuel@unileon.es cgonal@unileon.es - cherd@unileon.es |
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Profesores/as |
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Web | http:// | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Descripción general | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Tribunales de Revisión |
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Competencias |
Código | |
C1 | CMECES1 Que los estudiantes hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio. |
C2 | CMECES2 Que los estudiantes sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio. |
C3 | CMECES3 Que los estudiantes tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética. |
C4 | CMECES4 Que los estudiantes puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado |
Resultados de aprendizaje |
Resultados | Competencias | ||
Aprender a manejar las fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinales y a interpretar el ordenamiento jurídico. | C3 C4 |
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Ser capaz de formar y expresar una conciencia crítica en el análisis del ordenamiento jurídico. | C1 C2 C4 |
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Definir y delimitar, desde el punto de vista procesal, el papel atribuido a la jurisdicción contencioso-administrativa en el marco de la división de poderes. | C3 C4 |
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Definir la actuación y límites de la potestad administrativa expropiatoria. | C2 C3 C4 |
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Definir y delimitar el régimen jurídico de los bienes públicos. | C1 C3 |
Contenidos |
Bloque | Tema |
I. Sistema garantizador del Derecho Administrativo. La jurisdicción contencioso-administrativa. | 1. La jurisdicción contenicoso-administrativa. Extensión y límites. 2. Los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. 3. Las partes del proceso contencioso-administrativo. Capacidad, representación y postulación, y legitimación. 4. El objeto del recurso contencioso administrativo. Actuaciones impugnables y pretensiones procesales. 5. El procedimiento en primera o única instancia: La interposición y sus efectos; la tutela cautelar; tramitación del recurso. 6. La terminación del procedimiento. La sentencia y su ejecución. Otros modos de terminación del proceso. 7. Recursos contra providencias, autos y sentencias. 8. Procedimiento abreviado. Procedimientos especiales. |
II. La garantía patrimonial de la expropiación forzosa | 1. La potestad expropiatoria. 2. Los sujetos. Expropiante, expropiado y beneficiario. 3. El objeto. 4. La causa. 5. El contenido. 6. El procedimiento expropiatorio. Declaración de necesidad de ocupación, determinación del justo precio y pago y toma de posesión. 7. Garantía del justiprecio frente a demoras. 8. La reversión del bien expropiado. 9. Expropiaciones urgentes. 10. Procedimientos especiales. |
III. Modalidades de actuación administrativa | 1. La actividad de policía y limitación. 2. La actividad de fomento. Las ayudas públicas. La subvención. 3. El servicio público. 4. La actividad de regulación. Sectores regulados. Servicios de interés económico general, en especial, las obligaciones públicas de servicio y los servicios universales. |
IV. Los bienes de las Administraciones Públicas | 1. El dominio público. 2. Clasificación de los bienes públicos. En especial los bienes comunales. 3. Afectación, desafectación y mutación demanial. 4. Instrumentos de protección. 5. Utilización del dominio público. 6. Regímenes específicos relativos a determinados bienes demaniales: aguas, costas, minas... 7. Bienes y derechos patrimoniales. 8. Medios de adquisición, explotación, enajenación y cesión gratuíta. 9. Protección y defensa de los bienes patrimoniales. 10. Patrimonio empresarial. |
Planificación |
Metodologías :: Pruebas | |||||||||
Horas en clase | Horas fuera de clase | Horas totales | |||||||
Resolución de problemas/ejercicios en el aula ordinaria | 20 | 0 | 20 | ||||||
Tutorías | 11.5 | 0 | 11.5 | ||||||
Sesión Magistral | 30 | 0 | 30 | ||||||
Pruebas mixtas | 51 | 0 | 51 | ||||||
(*)Los datos que aparecen en la tabla de planificación són de carácter orientativo, considerando la heterogeneidad de los alumnos |
Metodologías |
descripción | |
Resolución de problemas/ejercicios en el aula ordinaria | Resolución de casos prácticos relacionados con los contenidos teóricos estudiados en la asignatura. Debate y discusión de noticias de actualidad. |
Tutorías | Tutorías con el alumno de forma presencial en grupo en el aula, sin perjuicio de que a través de correo electrónico se pueda solicitar un horario especial e individualizado de tutoría. |
Sesión Magistral | Exposición teórica por el Profesor y explicación de aquellas cuestiones más complejas cuyo estudio autónomo por el estudiante resulte más difícil, acompañada de la presentación de casos prácticos, planteamientos doctrinales y jurisprudenciales más importantes al efecto. |
Tutorías |
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Evaluación |
descripción | calificación | ||
Sesión Magistral | Examen final oral. | 75% | |
Resolución de problemas/ejercicios en el aula ordinaria | Discusión sobre casos prácticos, análisis de resoluciones judiciales y comentario de noticias de actualidad. | 20% | |
Otros | Pruebas mixtas. | 5% | |
Otros comentarios y segunda convocatoria | |||
Los
exámenes se realizarán, en principio, por los dos profesores responsables que han impartido
docencia a lo largo del curso académico. Si no fuera posible la presencia
conjunta de los mismos, se intentará que se realice por aquel profesor que haya
ejercido la docencia en el grupo al que pertenezca el alumno. No obstante, ante
circunstancias especiales, podrá un profesor examinar a aquellos alumnos
asignados a un grupo distinto de aquel en que haya impartido docencia. En todo
caso, en la valoración y calificación de las respuestas del examen se atenderá
al criterio del profesor que haya impartido la docencia en el grupo
correspondiente. Se valorará de forma integral la adquisición de las competencias y aprendizaje de las instituciones de Derecho Administrativo que integran el contenido del programa, atendiendo los Manuales de Derecho Administrativo recomendados. Se exige, al menos, el estudio concienzudo de un Manual de Derecho Administrativo. Se tendrán en cuenta, además, los siguientes aspectos: asistencia a clase de forma activa y participativa; la oportunidad de las intervenciones; el rigor y la profundidad del análisis y comentario de sentencias, de la argumentación en los casos prácticos suscitados; el comentario de noticias jurídicas de actualidad; el conocimiento tanto teórico como práctico de los conceptos y categorías jurídicas tratadas a lo largo del semestre; la claridad expositiva de los conocimientos y capacidad oratoria en la prueba final oral; la capacidad de síntesis; la conexión entre los distintos temas de estudios; el juicio crítico. Se valorarán negativamente las faltas de ortografía en las actividades prácticas y pruebas de evaluación. La calificación final de un alumno podrá considerar sólo alguna de las pruebas realizadas debido a su brillantez, esto es, bien sólo las respuestas dadas en el examen oral, bien sólo a la argumentación ofrecida en los casos prácticos, bien sólo al análisis de la jurisprudencia, siempre que haya superado con más de un cinco el resto de las pruebas. De tal modo que, en lugar de obtener su nota por el resultado de la media de las calificaciones, se atienda sólo a la nota máxima en una de las pruebas realizadas. No será posible manejar material alguno durante el desarrollo del examen oral. Queda terminantemente prohibido el uso de dispositivos móviles o electrónicos durante la celebración de las pruebas. La tenencia por el alumno durante la realización de las pruebas de evaluación de códigos anotados, apuntes, libros, carpetas, materiales jurídicos diversos, dispositivos móviles o electrónicos no autorizados, etc., supondrá la retirada inmediata del examen, su expulsión del mismo y su calificación como suspenso. |
Fuentes de información |
Acceso a la Lista de lecturas de la asignatura |
Básica |
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Complementaria | |
Recomendaciones |
Asignaturas que se recomienda haber cursado previamente | |||
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Otros comentarios | |
Se insiste en el buen conocimiento previo de los contenidos que integran los programas de las asignaturas de Derecho Constitucional y de Derecho Administrativo. Tales contenidos son básicos y podrán ser objeto igualmente de preguntas en los exámenes. |