La Universidad de León, como Centro Público de Investigación, genera de forma continua resultados de investigación de mayor o menor aplicación en el mercado, que deben ser protegidos para su posterior transferencia a los sectores socio-económicos interesados en su explotación.
Una patente es un título de propiedad que otorga el Estado sobre las invenciones. Dicho título permite impedir a terceros la fabricación, venta o utilización comercial de la invención protegida en el tiempo y el espacio.
El concepto de invención no está definido en la Ley de forma clara, sino indirectamente a través de una lista de elementos que no pueden considerarse invenciones, excluidos expresamente de la patentabilidad (art. 4.2), como son:
- Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.
- Las obras literarias y artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obra científicas.
- Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenador.
- Las formas de presentar informaciones.
- Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal.
A esta lista de exclusiones se unen una serie de invenciones que se exceptúan de la patentabilidad (art. 5):
- Las invenciones cuya publicación o explotación sean contrarias al orden público o a las buenas costumbres.
- Las variedades vegetales que puedan acogerse a la normativa de la Ley de marzo de 1975 sobre Protección de las Obtenciones Vegetales.
- Las razas animales.
- Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o animales.