1. Para obtener la mención “Doctor Europeus” será necesario cumplir con los requisitos que a continuación se relacionan, además de realizar la tramitación ordinaria vigente:
    1. Presentar los informes favorables (en documento original) de, al menos, dos doctores, especialistas en la materia, pertenecientes a centros de enseñanza superior, institutos u organismos de investigación de otros países de pertenecientes a la Unión Europea, distinto de España. (Los dos miembros que emitan informe pueden ser de un mismo país). Ninguno de los doctores que suscriba estos informes podrá ser director de la tesis. Los informes deberán ser razonados y en ellos se hará constar la idoneidad de la misma para acceder al Grado de Doctor.
    2. Al menos un miembro del tribunal encargado de juzgar la tesis deberá pertenecer a un centro de enseñanza superior, instituto u organismo de investigación de un país de la Unión Europea diferente a España. Este miembro del tribunal no podrá ser uno de los doctores mencionados en el punto anterior. Este miembro tendrá que ser un doctor diferente a aquéllos que emitan los informes favorables del apartado a) y los mencionados en el apartado c). (art. 22 del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre).
    3. La tesis deberá haber sido realizada, en parte, en un centro de enseñanza superior, instituto u organismo de investigación de otro país de la Unión Europea, debiendo el doctorando acreditar una estancia en dicho país, como mínimo, de tres meses consecutivos o de cuatro cuando ésta haya sido realizada en períodos mínimos de un mes en uno o varios países, período en el que se habrán de haber desarrollado actividades relacionadas con el contenido de su tesis doctoral.
    4. Parte de la tesis, al menos el resumen y las conclusiones, será redactada y defendida en uno de los idiomas oficiales de cualquier país de la Unión Europea diferente a los idiomas oficiales de España. En cualquier caso, la tesis doctoral deberá incluir un resumen, el índice y las conclusiones en castellano.

     

  2. Tramitación administrativa
    1. Los doctorandos interesados en obtener la mención "Doctor Europeo" en la Universidad de León, deberán entregar en la Unidad de Doctorado, en el momento de solicitar la admisión a trámite de lectura de la tesis doctoral, la siguiente documentación:
      1. Instancia solicitando que le sea expedida la mención de "Doctor Europeo".
      2. Los informes favorables a los que se refiere el punto a) del apartado 1 de este artículo.
      3. Certificación de la estancia a la que hace referencia el punto c) del apartado 1 de este artículo. Esta certificación habrá de ser expedida por el director del centro, instituto u organismo donde realizó la estancia de investigación.

      La evaluación de los informes y de la certificación indicados en los puntos b) y c) anteriores corresponderá a la Comisión de Doctorado.

    2. En los casos en que la Comisión de Doctorado dé su visto bueno a la documentación presentada y una vez admitida a trámite la tesis doctoral, se remitirá, al Secretario del Tribunal encargado de juzgarla, una certificación firmada por el Secretario de la Comisión de Doctorado, conjuntamente con el resto de la documentación para la lectura de la tesis.

      Tras el acto público de defensa de la tesis, el Secretario del Tribunal certificará que se han cumplido las previsiones contenidas en los puntos b) y d) del apartado 1 de este artículo.

     

  3. Acreditación académica

    La acreditación de "Doctor europeo" se reflejará en certificaciones, diplomas y título oficial de Doctor de la siguiente manera:

    1. El Presidente de la Comisión de Doctorado, tras haber recibido la documentación elevada por el Tribunal encargado de juzgar la tesis doctoral, emitirá un certificado en el que se notificará la concesión de la mención "Doctor europeo" y en el que se hará constar el cumplimiento de los requisitos mencionados en el apartado 1 de este artículo.
    2. Se le entregará al alumno un Diploma, expedido por el Presidente de la Comisión de Doctorado y por el Rector, que reflejará la mención de "Doctor europeo".
    3. En el anverso del Título de Doctor se podrá incluir la referencia a la mención "Doctor Europeus" en los términos que acuerde el Consejo de Gobierno de la Universidad de León a propuesta del Presidente de la Comisión de Doctorado.